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  •   DESARROLLO RURAL

Aprobadas inicialmente las bases de subvenciones para actividades agrícolas

El pleno municipal aprobó inicialmente las bases de las subvenciones para las actuaciones de mejora o modernización de los inmuebles en los que se desarrollan explotaciones agrarias en suelo no urbanizable.

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El texto se somete a Información Pública y Audiencia a las personas interesadas por el plazo mínimo de treinta días para la presentación de reclamaciones y sugerencias.

Objeto

El objeto de las bases es regular la concesión de subvenciones para las actuaciones de mejora o modernización de los inmuebles en los que se desarrollan explotaciones agrarias en suelo no urbanizable del municipio de Lasarte-Oria con el fin de mejorar las estructuras productivas de las explotaciones, incluyendo la innovación y la utilización de nuevas tecnologías y mejorar las condiciones de higiene de las explotaciones y de bienestar de los animales.

Con las ayudas se pretende consolidar el sector primario del municipio, tratar de mantener el tejido productivo y evitar la desaparición de las actividades del sector agrario.

Las actuaciones podrán ser:

  1. Obras de conservación y mejora de los inmuebles en los que se desarrolla la explotación agraria
  2. Obras de abastecimiento de agua de la explotación agraria
  3. Obras de saneamiento y/o depuración de aguas residuales de la explotación agraria.

Las subvenciones reguladas tienen en todo caso carácter finalista y solo podrán ser utilizadas para la financiación de las obras que las justificaron.

Personas beneficiarias

Podrán ser beneficiarios/as los/las titulares, en el momento de la solicitud, de la explotación agraria que esté inscrita en el Registro de Explotaciones Agrarias de Gipuzkoa.

Cuantía de las subvenciones

La subvención para financiar las actuaciones será de carácter no reintegrable, de un 10% del gasto subvencionable hasta un máximo de 3.000 euros por explotación agraria.

En el caso de que el/la titular sea de edad inferior a 35 años, o la explotación agrícola sea de nueva creación, entendiéndose por esta aquella que cuenta con una antigüedad inferior a dos años, el límite de la subvención será de 4.500 euros.